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Ayudas a la eficiencia energética en empresas turísticas GVA

Os informamos de unas ayudas para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas de la Comunidad Valenciana en el año 2023.


¿Para qué es la ayuda?

Incrementar la competitividad de nuestras empresas turísticas mediante la incorporación de elevados estándares en materia de eficiencia energética y economía circular, para reducir así su huella de carbono y los costes energéticos.


¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, siempre que tengan residencia fiscal en España, y sean titulares, como propietarias o explotadoras, de establecimientos destinados a alojamiento turístico que se encuentren inscritas en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana.


Plazos que existen para la solicitud

El plazo de solicitud es desde el 01/03/2023 hasta el 30/06/2023.


Líneas

a) Mejorar la eficiencia energética de la envolvente térmica.

b) Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y gua caliente sanitaria.

c) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.


¿En qué consiste la ayuda?

La intensidad de la ayuda será la suma de una Ayuda Base y una Ayuda Adicional. En todos los casos, la intensidad de ayuda final tiene que estar supeditada a los siguientes límites:

a) 30 %, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.

b) 40 %, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.

c) 50 %, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa.


¿Qué gastos o acciones me cubre?

a) Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, delcertificado de eficiencia energética previsto.

b) Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.

c) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.

d) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.

e) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.

f) La inversión en equipos y materiales efectuada.

g) Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.

h) Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.

i) El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.

j) El informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda, emitido por un organismo de control o entidad de control.

k) Otras partidas necesarias (auxiliares o no) específicas de cada tipología de actuación.

l) Cuando por motivo de la actuación sea necesario retirar aquellos productos de construcción que contengan amianto.

m) Los costes para implantar las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir los criterios de la «Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente».




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