Sábado 11 de abril a las 11h.
Informamos de las importantes novedades que se anunciaron ayer y se han hecho públicas en el día de hoy.
Entre ellas, destaca la POSIBLE prórroga de los plazos para presentar las liquidaciones de impuestos del 1º trimestre de 2020, cuyo plazo de domiciliación bancaria termina el próximo miércoles día 15-04-2020. Si bien es importante destacar que se trata de un simple anuncio y que teóricamente se aprobará en el Consejo de Ministros del próximo martes día 14-04-2020 y se publicará en el BOE al día siguiente (es decir, el último día del plazo para domiciliar).
1. Prórroga del estado de alarma (BOE sábado 11 abril)
Se prorroga el Estado de Alarma recogido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, así como la vigencia de las medidas en él contenidas, hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020.
2. Segundo tramo línea avales para autónomos y pymes (BOE sábado 11 abril)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se activa el segundo tramo de la Línea de Avales para empresas y autónomos que, por importe de 100.000 millones de euros, acordó el Gobierno el pasado 17 de marzo. El nuevo tramo, de 20.000 millones de euros, iguala en importe al anterior. El 100% de los fondos se destinan a avalar operaciones de pymes y autónomos, por considerar que son los agentes de la actividad económica que más requieren de este apoyo en la actualidad.
3. Fin del permiso retribuido recuperable
El Consejo de Ministros no ha prorrogado la vigencia del permiso retribuido recuperable que ha tenido efectos desde el 30/03/2020 a 09/04/2020. Eso implica que los trabajadores de sectores no esenciales, entre otros construcción e industria, volverán al trabajo el día 13 de abril (14 abril en Comunidad Valenciana al ser festivo autonómico el lunes día 13). Si bien eso no significa que no siga plenamente en vigor las limitaciones a la apertura de determinados establecimientos y a la movilidad de personas recogida en el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma y que se ha prorrogado hasta el 26/4/2020 según hemos explicado más arriba.
4. ¿Modificación del plazo de presentación de impuestos 1º trimestre 2020?
Según la información facilitada esta madrugada por los Colegios Profesionales a las asesorías, el Gobierno les ha transmitido la siguiente información al respecto del anuncio hecho ayer por la Ministra de Hacienda en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros:
“Una vez anunciado, la propia Agencia Tributaria se ha puesto en contacto con este Consejo General para trasladarnos la información de lo que está previsto aprobar, con el fin de hacerla llegar a todos los colegiados (reiterando que está pendiente de aprobación en el Consejo de Ministros y de publicación en el BOE) y que, en resumen, abarcará las siguientes cuestiones:
• Estas medidas se aplicarán SOLAMENTE a aquellas empresas con un volumen de facturación inferior a 600.000 euros (para el resto seguirá siendo el 20 de abril de 2020 el plazo de presentación), y son:
- El plazo máximo de presentación de las declaraciones de este trimestre se pasa al 20 de mayo de 2020, y el plazo para las domiciliaciones será hasta el 15 de mayo.
- En las declaraciones ya presentadas con domiciliación en cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo.
• Para las personas físicas que están en Estimación Objetiva:
- Podrán realizar ahora la renuncia al sistema de Estimación Objetiva (solamente para este año y no para 3 como está establecido actualmente) y realizar los pagos del trimestre por el Régimen de Estimación Directa Simplificada.
- Para los que no renuncien y permanezcan en Estimación Objetiva, se habilitará un sistema que permita reducir del rendimiento neto los días que haya estado cerrado el establecimiento.
• Para las Sociedades:
- Se podrá realizar ahora el cambio en el sistema de cálculo de los pagos fraccionados”.
5. Nuevas ayudas de la Generalitat Valenciana para personas trabajadoras por cuenta ajena afectados por ERTEs o reducciones de jornada motivados por el Covid-19 (DOGV sábado 11 abril)
La Generalitat Valenciana concederá una ayuda a:
Personas trabajadoras con rentas bajas afectadas por ERTE de suspensión total de contrato de trabajo: 150,00 euros
Personas trabajadoras que hayan ejercido el derecho a la reducción de su jornada laboral para atender a menores, mayores o personas dependientes: entre 300,00 y 600,00 euros en función del porcentaje de reducción de jornada.