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Ayudas para la contratación de personas con discapacidad en Aragón

En Aragón se han publicado varias ayudas para el ejercicio 2020 destinadas al fomento de la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.


Estas ayudas favorecen:

  1. Contratación indefinida de trabajadores con discapacidad

  2. Contratación temporal de trabajadores con discapacidad

  3. Transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo, en prácticas, para la formación y el aprendizaje o de interinidad

  4. Adaptación al puesto de trabajo

  5. Contratación indefinida de trabajadores procedentes de enclaves laborales

querol assessors

1. CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD:

Sirve para contratos desde el 1/10/2019 hasta el 30/09/2020.


REQUISITOS

A continuación, detallamos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda:

  • Tener reconocida por el órgano competente una discapacidad ≥ al 33% o al 65%.

  • Estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo en el momento de la contratación (excepto si el trabajador proviene de un centro especial de empleo).


Otros requisitos:

- Solicitar ante la oficina de empleo los trabajadores a contratar, mediante la presentación, con anterioridad a la contratación, de la correspondiente oferta de empleo.

- Los trabajadores a contratar deberán haber sido enviados por la oficina de empleo correspondiente con anterioridad a su contratación por parte de la empresa.

- Los anteriores requisitos no serán necesarios cuando los trabajadores provengan de un centro especial de empleo.

- Solicitar al correspondiente equipo multiprofesional informe sobre la adecuación del puesto de trabajo a la discapacidad de los trabajadores a contratar.

- Las nuevas contrataciones deberán suponer un incremento neto del número de empleados en comparación con la media de los últimos 12 meses previos al contrato subvencionado. Este requisito no será necesario cuando los puestos queden vacantes por:

  • Dimisión del trabajador.

  • Motivada por su discapacidad.

  • Jubilación por motivos de edad.

  • Fallecimiento.

  • Despido disciplinario procedente.


IMPORTE

El importe de la subvención es de 5000€ con la posibilidad de incrementar un 15% adicional, con límite de 6000€, cuando los contratos se suscriban con:

  • Mujeres o personas mayores de 45 años.

  • Personas con discapacidad física o sensorial ≥ 65%.

  • Personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral ≥ 33%.

Para contratos a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente.


PLAZO DE SOLICITUD

Si estás interesado en esta ayuda, puedes solicitarla hasta el 31/10/2020.

Los plazos de solicitud para contratos desde el 1/10/2019 hasta el 9/01/2020 van desde el 10/01/2020 hasta el 9/02/2020.

Para contratos desde el 10/01/2020, el plazo de solicitud es de un mes desde la fecha de alta del trabajador.



2. CONTRATACIÓN TEMPORAL DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD:

Sirve para contratos desde el 1/10/2019 hasta el 30/09/2020.


REQUISITOS

A continuación, detallamos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda:

  • Tener reconocida por el órgano competente una discapacidad ≥ al 33% o al 65%.

  • Estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo en el momento de la contratación (excepto si el trabajador proviene de un centro especial de empleo).


Otros requisitos:

- Solicitar ante la oficina de empleo los trabajadores discapacitados a contratar, mediante la presentación, con anterioridad a la contratación, de la correspondiente oferta de empleo.

- Los trabajadores a contratar deberán haber sido enviados por la oficina de empleo correspondiente con anterioridad a su contratación por parte de la empresa. Estos requisitos no serán exigibles para trabajadores procedentes de un centro especial de empleo.

- Solicitar al correspondiente equipo multiprofesional informe sobre la adecuación del puesto de trabajo a la discapacidad de los trabajadores a contratar.

- La duración del contrato será de, al menos, 12 meses.

- La jornada será completa o a tiempo parcial no inferior al 50% de la ordinaria de la empresa.

- Las nuevas contrataciones deberán suponer un incremento neto del nº de empleados en comparación con la media de los últimos 12 meses previos al contrato subvencionado. Este requisito no será necesario cuando los puestos queden vacantes por:

  • Dimisión del trabajador.

  • Motivada por su discapacidad.

  • Jubilación por motivos de edad.

  • Fallecimiento.

  • Despido disciplinario procedente.


IMPORTE

El importe de la subvención es de:

  • 2000€ para personas con discapacidad física o sensorial ≥ al 33%. 2400€ si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.

  • 2500€ para personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral ≥ al 33%. 3000€ si la persona contratada es mujer.

  • Hasta 1200€ por puesto de trabajo ocupado por persona con discapacidad, con carácter indefinido, o mediante contrato temporal de fomento de empleo o de duración determinada, siempre que su duración sea ≥ 12 meses.


PLAZO DE SOLICITUD

Si estás interesado en esta ayuda, puedes solicitarla hasta el 31/10/2020.

Los plazos de solicitud para contratos desde el 1/10/2019 hasta el 9/01/2020 van desde el 10/01/2020 hasta el 9/02/2020.

Para contratos desde el 10/01/2020, el plazo de solicitud es de un mes desde la fecha de alta del trabajador.



3. TRANSFORMACIÓN EN INDEFINIDOS DE CONTRATOS TEMPORALES DE FOMENTO DE EMPLEO, EN PRÁCTICAS, PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE O DE INTERINIDAD:

Sirve para transformaciones desde el 1/10/2019 hasta el 30/09/2020.


REQUISITOS

A continuación, detallamos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda:

  • Tener reconocida por el órgano competente una discapacidad ≥ al 33% o al 65%.

  • Haber estado contratado por la empresa con un contrato temporal de fomento de empleo para personas con discapacidad, en prácticas, para la formación y el aprendizaje o de interinidad.


Otros requisitos:

- La transformación se efectuará antes del vencimiento del contrato objeto de transformación o de cualquiera de sus prórrogas.

- La jornada del nuevo contrato indefinido deberá ser al menos igual o superior a la del contrato temporal que se transforma.


*Nota: En caso de transformación en indefinido de un contrato temporal que ya hubiese sido subvencionado en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8, la subvención que pudiese corresponder por dicha transformación se reducirá en una cantidad equivalente al importe concedido por la contratación temporal.


IMPORTE

El importe de la subvención es de 5000€ con la posibilidad de incrementar un 15% adicional, con límite de 6000€, cuando los contratos se suscriban con:

  • Mujeres o personas mayores de 45 años.

  • Personas con discapacidad física o sensorial ≥ 65%.

  • Personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral ≥ 33%.


PLAZO DE SOLICITUD

Si estás interesado en esta ayuda, puedes solicitarla hasta el 31/10/2020.

Los plazos de solicitud para transformaciones desde el 1/10/2019 hasta el 9/01/2020 van desde el 10/01/2020 hasta el 9/02/2020.

Para contratos desde el 10/01/2020, el plazo de solicitud es de un mes desde la fecha de alta del trabajador.



4. ADAPTACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO:

Sirve para contratos desde el 1/10/2019 hasta el 30/09/2020.


REQUISITOS

A continuación, detallamos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda:

  • Tener reconocido por el órgano competente un grado de discapacidad ≥ al 33%.


Otros requisitos:

- El contrato podrá ser indefinido ó temporal con una duración de al menos 12 meses.

- La adaptación del puesto de trabajo o medios especiales de protección deberán contar con informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

- Puede solicitarla la empresa o el trabajador.

- El importe de la subvención no podrá superar el coste real que se justifique.


IMPORTE

El importe de la subvención es de hasta 1200€ por puesto de trabajo ocupado por persona con discapacidad, con carácter indefinido, o mediante contrato temporal de fomento de empleo o de duración determinada, siempre que su duración sea ≥ 12 meses.


PLAZO DE SOLICITUD

Si estás interesado en esta ayuda, puedes solicitarla hasta el 31/10/2020.

Podrán solicitarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato, y en todo caso, en el plazo de un mes desde el pago de la correspondiente adaptación.



5. CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE TRABAJADORES PROCEDENTES DE ENCLAVES LABORALES:

Sirve para contratos desde el 1/11/2019 hasta el 30/09/2020.


REQUISITOS

A continuación, detallamos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda:

  • Pertenecer a algún colectivo de trabajadores con especiales dificultades:

  • Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacitados intelectuales, con un grado de discapacidad ≥ al 33%.

  • Discapacitados físicos o sensoriales con grado de discapacidad ≥ al 65%.


Otros requisitos:

- El contrato podrá ser indefinido ó temporal con una duración de al menos 12 meses.

- La adaptación del puesto de trabajo o medios especiales de protección deberán contar con informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

- Puede solicitarla la empresa o el trabajador.


IMPORTE

El importe de la subvención es de:

  • 8000€ a jornada completa. A tiempo parcial, proporcionalmente a la jornada.

  • Hasta 1200€ por cada trabajador en la adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas.

  • 5000€ para trabajadores sin especiales dificultades, con un 15% adicional hasta el límite de 6000€, cuando los contratos sean mujeres o personas > 45 años.


PLAZO DE SOLICITUD

Si estás interesado en esta ayuda, puedes solicitarla hasta el 31/10/2020.

Podrán solicitarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato, y en todo caso, en el plazo de un mes desde el pago de la correspondiente adaptación.


Recordamos que el equipo de Querol Assessors está a tu disposición para resolver cualquier duda que puedas tener al respecto.

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