Hacienda está preparada para dar un paso importante en el control de los contribuyentes al ampliar nuevamente los grupos obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta. Tras obligar a todos los trabajadores autónomos a participar en la Campaña de la Renta, independientemente de sus ingresos, y también a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, el Gobierno ha aprovechado un Real Decreto-ley para imponer la obligación de presentar la declaración a todas las personas que reciban prestaciones por desempleo, comenzando con la declaración de este año, que se presentará en la próxima primavera, aunque no superen los límites de ingresos requeridos para el resto de contribuyentes.
Esto se establece tras la modificación del artículo 299 de la Ley General de la Seguridad Social que el Gobierno incluyó en el Real Decreto-ley 2/2024, sobre medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial en la protección por desempleo, y que también completa la transposición de la directiva europea sobre la conciliación de la vida familiar y profesional. Entre las nuevas disposiciones, el decreto añade una obligación para los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo, que ahora deben "presentar anualmente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".
Aunque el decreto fue impulsado por el Ministerio de Trabajo, dentro de una reforma del subsidio de desempleo que inicialmente fue bloqueada por Podemos, tras algunas concesiones se consiguió su aprobación en primavera. Finalmente, el Parlamento lo convalidó en junio con la abstención del PP y Vox.
El decreto fue publicado a finales de mayo y, en términos generales, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, la obligación de declarar el IRPF para los desempleados no será efectiva hasta el 1 de noviembre de 2024. Esto significa que todas las personas que hayan cobrado alguna prestación por desempleo durante 2024 deberán presentar la declaración en la próxima Campaña de la Renta, sin importar su nivel de ingresos, según aclaran desde la empresa de asesoría fiscal TaxDown.
Hasta ahora, la obligación de presentar la declaración del IRPF solo se aplicaba a aquellos que recibían rentas anuales superiores a 22.000 euros, o a 15.800 euros en el caso de tener más de un pagador. No obstante, el Gobierno ha ido ampliando esta obligación a distintos colectivos, como los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, que deben presentar la declaración para acceder a la ayuda, y a los trabajadores autónomos, que ahora están obligados a declarar independientemente de sus ingresos. Finalmente, se ha aprobado la modificación para incluir también a quienes perciben prestaciones por desempleo.
El impacto de esta medida podría aumentar considerablemente el número de declaraciones gestionadas por la Agencia Tributaria. Tras sumar 200.000 nuevos autónomos en la última Campaña de la Renta, la Agencia alcanzó un máximo histórico de 22,11 millones de declaraciones, un 3,62% más que el año anterior. El número de personas desempleadas en España era de 2,57 millones al cierre de septiembre, aunque muchos de ellos ya presentan la declaración para beneficiarse de deducciones fiscales. Además, la nueva obligación afectará a todos los que hayan estado en paro en algún momento del año, aunque luego hayan encontrado empleo.
Más allá de las nuevas obligaciones informativas, la medida podría tener un impacto significativo en la carga fiscal de ciertos contribuyentes. Por ejemplo, un trabajador soltero y sin hijos que ganara 20.429 euros en su empleo durante el año, con una retención del 2%, ahora tendrá que declarar si percibe una prestación por desempleo de 1.168 euros, aunque no llegue al umbral de los 22.000 euros. Esto podría resultar en un pago adicional a Hacienda de alrededor de 2.069 euros en Madrid o 2.344 euros en Cataluña, según los cálculos de TaxDown, debido a las diferencias en los tipos impositivos autonómicos.
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