1. Entrada en vigor
A partir del 1 de enero de 2023 se despliega progresivamente (durante 3 años) un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.
2. Cuotas
Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 a los 500 euros al mes en 2023, y de los 200 a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos (beneficios).
3. Tramos
Los 15 tramos que entran en vigor en 2023 son los siguientes:
4. Cambios de tramo
Los autónomos podrán cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos (beneficios) hasta seis veces al año.
5. Cálculo rendimientos
Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo.
Ampliamos esta información en el siguiente enlace que se encuentra en la web de la Seguridad Social: Colectivos (seg-social.gob.es)
FECHAS PARA EL DESPLIEGUE DEL NUEVO SISTEMA DE COTIZACION:
Finales de noviembre de 2022: Lanzamiento del simulador de cuotas en el área pública en la web de la Seguridad Social, donde sin necesidad de identificarte podrás simular la cuota que te corresponderá abonar a partir de enero de 2023 con el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos.
Enero 2023:
Entrada en vigor el nuevo sistema. A lo largo del mes y hasta el 28 de febrero, los autónomos podrán solicitar a la Seguridad Social la base de cotización mensual que se ajuste a los rendimientos netos que esperan obtener de promedio mensual a lo largo del año 2023. Estos cambios de base de cotización surtirán efectos el próximo 1 de marzo.
Junto a dicha solicitud de cambio de base de cotización deberán comunicar el importe de los rendimientos netos que esperan obtener.
1 de marzo de 2023: Apertura de plazo para comunicar cambios de tramo de cotización que entrarán en vigor en mayo. Lanzamiento de un simulador de cuotas en el área privada de la web de la Seguridad Social.
1 de mayo de 2023: Nuevo plazo para comunicar posibles cambios de tramos de cotización que entrarán en vigor en julio.
1 de julio de 2023: Nuevo plazo para comunicar posibles cambios de base de cotización con entrada en vigor en septiembre.
1 de septiembre 2023: Nuevo periodo habilitado para comunicar un cambio de base de cotización con entrada en vigor en noviembre. Se trata del último cambio con efecto en las cuotas a abonar en 2023.
31 de octubre de 2023: Último día para la comunicación de actividades y, en su caso, participación en sociedades para los autónomos que estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2023.
1 de noviembre de 2023: Se abre un nuevo periodo para comunicar un cambio de base de cotización que, en este caso, no tendrá efecto en 2023 y entrará en vigor en enero de 2024.
ASÍ FUNCIONA LA CALCULADORA DE CUOTAS DE COTIZACIONES POR INGRESOS REALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Para despejar las dudas de los autónomos, la Seguridad Social ha lanzado una calculadora de cuotas cotizaciones por ingresos reales.
Aquí te dejamos enlace al simulador:
Lo primero que vemos al entrar en la calculadora de la Seguridad Social es un aviso donde nos indica que se trata de un cálculo informativo. De igual manera la cuota que nos indicará se muestra sin aplicar deducciones.
Para utilizar la calculadora lo primero que tenemos que tener claro es cuáles son nuestros ingresos netos (beneficios).
A modo informativo y en la información de la calculadora nos indican que lo más sencillo es acudir a la declaración de la RENTA del año anterior. A estos ingresos se les aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, porcentaje que, en el caso de socios mercantiles o socios laborales, que hayan estado de alta como autónomos 90 días en el año, la deducción se reduce a un 3%. Las cantidades a tener en cuenta son:
· Si tributamos por estimación directa los rendimientos netos serían la suma de las cantidades que aparecen en el modelo 100 de la declaración en las casilla 0224 y 0186.
· Si tributamos por estimación objetiva sería la suma de las casillas de rendimiento neto previo, 1465 o rendimiento neto minorado 1539 en el caso de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
· Para el régimen de atribución de rentas en rendimientos de actividades económicas sería el resultado de la casilla 1577.
Con esta referencia ya sabemos donde encuadrar nuestros ingresos y qué tramo elegir. Tras indicar el tramo nos aparece la cuota que pagaríamos entre la base mínima y la máxima que podemos elegir para dicho tramo.
Es interesante porque si estamos cercanos a los límites de un tramo u otro podemos optar por subir la cuota por si tenemos un buen año y saltamos al siguiente tramo de cotización. O pagar el mínimo y guardarnos ese dinero por si al saltar el tramo y liquidar tenemos que pagar más de lo cotizado.
Después nos ofrece un resumen que desglosa la cotización en función de los diferentes conceptos que se incluyen, como contingencias comunes, contingencias profesionales o cese de actividad entre otras. También nos informa de nuestra base de cotización.
¿Voy a pagar más o menos que antes?
La gran pregunta para muchos es si van a pagar más o menos que antes de cuota de autónomos.
La conclusión a la que podemos llegar es que en líneas generales no va a suponer ni un gran aumento ni una gran disminución respecto a lo que se venía pagando hasta ahora. Por tanto, si que es un cambio de modelo importante, pero la repercusión en el bolsillo del autónomo no va a ser muy elevada a corto plazo en general, aunque siempre puede haber excepciones.
En Querol Assessors estamos a tu disposición para resolver cualquier cuestión a este respecto y hacerte una simulación de cual será su cuota de autónomos estimada para 2023.
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