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Ayudas a la rehabilitación residencial en Aragón

¿Para qué es la ayuda?

Renovación del parque de vivienda y de edificios apostando por enfoques integrales, de modo que la mejora de la eficiencia energética y la integración de fuentes de energía renovable se acompañe de una mejora de la accesibilidad, conservación, mejora de la seguridad de utilización y la digitalización de los edificios


¿Quién puede pedirla?

- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y para el Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación:

a) Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de su viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.

b) Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.

c) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios

d) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil

e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil

f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas


- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas:

a) Los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.

b) Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.


¿Qué plazos existen para la solicitud?

El plazo de solicitud es desde el 25/07/2022 hasta el 01/09/2023


¿En qué consiste la ayuda?

- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

Dependiendo del ahorra energético conseguido en la actuación:

a) 30% ≤ ΔCep,nren < 45%: se subvencionará el 40% con un máximo de 6.300€

b) 45% ≤ ΔCep,nren < 60%: se subvencionará el 65% con un máximo de 11.600€

c) ΔCep,nren ≥ 60%: se subvencionará el 80% con un máximo de 18.800€


- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

a) El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

b) El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000€.


- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación


La cuantía máxima de la subvención para Libros del edificio existente para la rehabilitación será la obtenida de la siguiente forma:

a) En caso de viviendas unifamiliares 700€

b) En edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700€ por edificio, más una cantidad de 60€ por vivienda.

c) En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100€ por edificio, más una cantidad de 40€ por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 3.500€.


En el supuesto de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios la cuantía máxima de la subvención será la obtenida de la siguiente forma:

a) En caso de viviendas unifamiliares 4.000€

b) En edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 4.000€ por edificio, más una cantidad de 700€ por vivienda.

c) En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000€ por edificio, más una cantidad de 300€ por vivienda, con una cuantía máxima de subvención de 30.000€


Acción a llevar a cabo

Energía e Inversiones. Rehabilitación o acceso a la vivienda. Desarrollo económico


¿Qué gastos o acciones me cubre?

a) costes de gestión de solicitud de ayuda y de su justificación

b) los costes de honorarios de redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios

c) los costes de dirección facultativa de las actuaciones

d) costes de ejecución de las obras y/o instalaciones

e) inversión en equipos y materiales efectuada


Líneas

- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación



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