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Fin de la discriminación en la aplicación de la tarifa plana

Un artículo escrito por Elisabet Piñana Falcón, abogada de LEX Querol


tarifa plana autónomos

¡Estamos muy contentos y no queremos ocultarlo!


¡Por fin! La Tesorería General de la Seguridad Social cambia su criterio y aplicará de oficio los beneficios de cotización a todo el colectivo de autónomos, terminando con la arbitraria discriminación de los autónomos societarios por mor de un mero criterio interno.


Y estamos contentos porque sentimos que dentro de nuestro ámbito de actuación, hemos contribuido a este pequeño éxito que, sin duda, es un balón de oxígeno a todos aquellos autónomos que a través de una sociedad mercantil han iniciado recientemente su actividad; pues justo cuando se oían rumores sobre el cambio de criterio de la TGSS nos notificaron por parte del Juzgado de lo Contenciosos Administrativo número 2 de Castellón la estimación del caso de un cliente: un joven de 29 años que nunca había estado dado de alta en el RETA y que a través de la compra de un 25% de participaciones de una sociedad limitada ya constituida, causó alta en el RETA como autónomo societario.


Huelga decir que este giro de ciento ochenta grados por parte de la TGSS no se debe a que Administración haya abierto los ojos a la realidad social y que a partir de ahora vaya a ser misericorde con los ciudadanos, sino que es gracias a la confianza que los clientes tienen depositada en sus Abogados y Asesores Fiscales y el tesón de estos, lo que ha conseguido que la lucha del colectivo ante los Tribunales haga que a la TGSS no le quede más remedio que recular, siendo el colofón la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2019.


Si bien a partir de ahora se aplicará de oficio las nuevas altas en el RETA, queda trabajo pendiente para solicitar la aplicación con carácter retroactivo de las altas cursadas antes del cambio de criterio y la devolución de las cantidades indebidamente ingresadas. Sin olvidar qué sucede con los procedimientos judiciales pendientes de resolución por esta cuestión, ante los cuales previsiblemente la TGSS se allanará y no resarcirá los gastos que al justiciable le ha costado entablar el pleito y el estudio de si es factible solicitar la devolución de las cantidades sobre las cuales ya ha operado la prescripción…

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