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Ayuda a la mejora de empleabilidad de los jóvenes en Aragón

En Aragón se ha publicado una ayuda para el ejercicio 2020 destinada al Programa Aragonés para la Mejora de Empleabilidad de los Jóvenes (PAMEJ 2020).


Dicha subvención sirve para la CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS CON UNA EDAD IGUAL O INFERIOR A LOS 35 AÑOS, para contratos desde el 1/10/2019 hasta el 30/09/2020.


querol assessors

REQUISITOS

A continuación, detallamos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda del programa PAMEJ:

- < o = 35 años en el momento del alta.

- Figurar empadronado en algún municipio de Aragón con carácter previo a la fecha del alta.

- Figurar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el INAEM el día inmediatamente anterior a la fecha del alta.

- Los trabajadores contarán con una calificación profesional reconocida por el sistema profesional para el empleo o del sistema educativo y serán contratadas en empleos relacionados con dicha calificación, favoreciendo así la mejora de su empleabilidad. Será necesario que se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

  • Licenciado o diplomado universitario, ingeniero o ingeniero técnico, arquitecto o arquitecto técnico.

  • Grado universitario.

  • Título Grado Medio o título de Técnico Superior Grado Superior de Formación Profesional Reglada.

  • Certificado de profesionalidad.

  • Otras titulaciones oficialmente reconocidas.


IMPORTE E INCREMENTOS

El importe de la subvención es igual a la cantidad que resulte de multiplicar x24 el 40% de la base mínima de cotización vigente correspondiente al grupo de cotización en el que se encuadre la categoría profesional de la persona trabajadora contratada.


Cabe la posibilidad de incrementar el importe de la ayuda en determinadas ocasiones:

- Un 10% adicional cuando la persona contratada sea mujer. Dicho porcentaje se elevará al 50% cuando el contrato se haya celebrado con mujeres desempleadas víctimas de violencia de género.

- Un 10% adicional cuando la persona objeto de subvención sea contratada para prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en municipios de menos de 5000 habitantes.

Estos incrementos son acumulables y compatibles entre sí.


Incrementos en cuantías básicas:

- El contrato supondrá un incremento neto de la plantilla total de los centros de trabajo ubicados en la misma provincia en la que se localice el puesto de trabajo creado, en comparación con la plantilla media de los trabajadores de dichos centros de alta en los 30 días naturales anteriores a la celebración del contrato.


- Los contratos se celebrarán para el desempeño de puestos de trabajo que se adecuen a la titulación de la persona contratada, debiendo quedar ésta encuadrada en el grupo de cotización que se corresponda con dicha titulación.


- El contrato incluirá una cláusula por la que la empresa se compromete a facilitar al trabajador a lo largo del 1er año de dicho contrato su participación en alguna acción formativa relacionada con el puesto de trabajo. La duración de dichas acciones formativas será de al menos 50 horas.


- La remuneración bruta constará en el contrato y no podrá ser inferior, en cómputo anual y para una jornada completa, a las cuantías resultantes de multiplicar el SMI anual con 14 pagas por los siguientes coeficientes:

  • Titulación universitaria: SMI anual x 1,8

  • Formación Profesional de Grado Superior: SMI anual x 1,4

  • Formación Profesional de Grado Medio y Certificados de Profesionalidad: SMI anual x 1,2


PLAZO DE SOLICITUD

Si estás interesado en esta ayuda, puedes solicitarla a partir del 10/10/2020 hasta el 31/10/2020.

Los plazos de solicitud para contratos desde el 1/10/2019 hasta el 12/01/2020 son desde el 13/01/2020 hasta el 12/02/2020.

Para contratos desde el 13/01/2020, el plazo de solicitud es de un mes desde la fecha de alta del trabajador.

Recordamos que el equipo de Querol Assessors está a tu disposición para resolver cualquier duda que puedas tener al respecto.

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